Micelio
Auto26 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Borbon Garcia Rosa Elvia

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que presentó Colpensiones en contra de una ciudadana, para solicitar la nulidad de la resolución mediante la cual la entidad le reconoció una pensión de vejez.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 316/21, mediante la cual se estableció que cuando una entidad pública demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, un acto administrativo propio, tras no obtener la autorización del titular para revocarlo directamente, el asunto es competencia de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, incluso si el acto versa sobre derechos pensionales.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. para que proceda con lo que le compete y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Bogotá D.C. y el Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. y DECLARAR que el Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Colpensiones en contra de Rosa Elvia Borbón García.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3952 al Juzgado
  6. Séptimo. Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. para que proceda con lo que le compete y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.